Mendoza reglamentó la Ley de Cannabis Medicinal y Cáñamo Industrial

La provincia de Mendoza dio un paso clave en la regulación del cannabis medicinal y el cáñamo industrial. Este jueves, el Gobierno de Alfredo Cornejo oficializó el Decreto Nº 1928, que reglamenta la Ley Provincial 9617 sancionada previamente por la Legislatura. La norma establece un marco normativo integral para ordenar la producción, el cultivo y la investigación, además de impulsar la cadena de valor vinculada a esta industria emergente.

El decreto, publicado en el Boletín Oficial, marca el inicio de la etapa operativa de la ley y deja en claro cuáles serán las condiciones para que pacientes, cultivadores, asociaciones civiles, investigadores y empresas puedan participar dentro del sistema regulado.

Cannabis medicinal en Mendoza: ¿cómo nació el Reprocann provincial?

En diciembre de 2024, Mendoza presentó un proyecto de ley propio para regular el cannabis medicinal y el cáñamo industrial, en un escenario nacional atravesado por la incertidumbre. Mientras el Reprocann sufría demoras y judicializaciones por nuevas exigencias médicas, y la ARICCAME estaba intervenida, la provincia decidió avanzar con un esquema autónomo que recogía aportes de la sociedad civil y buscaba crear un registro local de usuarios, asociaciones y productores.

La propuesta incluía la habilitación de un registro provincial que garantizara derechos a pacientes y diera un marco legal a asociaciones civiles y clubes de cultivo, reconociéndolos como actores clave en el abastecimiento. En paralelo, se contemplaba el desarrollo productivo, con el objetivo de atraer inversión, abrir la puerta a productores de otras provincias y brindar respuestas a quienes habían quedado sin licencias nacionales.

El proyecto apuntaba a diversificar la economía regional, en especial frente al declive de pequeñas explotaciones vitivinícolas y la venta de fincas para desarrollos inmobiliarios. La apuesta por el cannabis se planteaba como una alternativa para revitalizar la producción local, generar empleo y consolidar a Mendoza como un polo de innovación, en línea con la tendencia de federalización de la regulación cannábica que ya se observaba en provincias como Chubut.

El Registro Provincial: el corazón del nuevo esquema

Uno de los pilares de la reglamentación es la creación y organización del Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo Industrial, que dependerá del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial. Este organismo será la autoridad encargada de coordinar políticas, otorgar permisos, supervisar cultivos y fiscalizar el cumplimiento de la normativa.

El Registro tendrá funciones múltiples: desde el diseño de un sistema digital de licencias que permita seguir la trazabilidad de la producción, hasta la articulación con municipios, Nación y organismos especializados como el ISCAMEN (Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de Mendoza).

La centralización de la información y los procedimientos en este Registro busca evitar superposiciones burocráticas, agilizar los trámites y garantizar transparencia en el control de la cadena productiva.

Permisos, control y protocolos de calidad

El Decreto 1928 establece que toda persona o entidad que quiera cultivar cannabis medicinal en Mendoza deberá inscribirse en el Registro. Se implementará un sistema digital unificado de permisos, acompañado por inspecciones técnicas y auditorías, con el fin de garantizar estándares de calidad, seguridad y trazabilidad.

Se fijan también protocolos de producción basados en Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), normas de bioseguridad, higiene y análisis de laboratorio. Estos requisitos apuntan a asegurar que tanto los cultivos como los derivados cumplan con las normas nacionales e internacionales vigentes.

¿Cómo funciona el Reprocann de Mendoza?

El decreto contempla tres categorías de inscripción para el cultivo con fines medicinales, terapéuticos o paliativos del dolor:

  • Autocultivadores, es decir, pacientes que siembran para su propio uso terapéutico.
  • Terceros cultivadores, personas que cultivan para un paciente con indicación médica.
  • Asociaciones civiles o fundaciones, que podrán desarrollar proyectos colectivos dentro del marco regulado.

Cada uno de los inscriptos recibirá un Certificado Oficial de Registro, de carácter no transferible y válido únicamente en Mendoza. Este certificado habilita el cultivo exclusivamente para fines terapéuticos y sin fines de lucro. Además, el Ministerio de Gobierno fijará límites en la cantidad de plantas y superficie autorizada, en función de criterios médicos y sanitarios.

Producción, industrialización y cáñamo industrial

Más allá del cultivo con fines terapéuticos, la reglamentación abre la puerta a la producción industrial del cannabis y el cáñamo. Se establecen distintos tipos de permisos para actividades clave de la cadena productiva:

  • Criaderos, multiplicación y cultivo.
  • Producción de derivados como aceites, extractos, cosméticos y otros productos.
  • Servicios logísticos, que incluyen transporte, almacenamiento y distribución.
  • Comercialización dentro de Mendoza de semillas, plantines y derivados autorizados.
  • Estudios analíticos y de laboratorio.

En el caso del cáñamo industrial, se crea un régimen simplificado que contempla licencias agrícolas, industriales y logísticas. El objetivo es dinamizar un sector que puede abastecer a industrias tan diversas como la textil, la alimentaria, la construcción o la bioplástica.

Investigación y Banco de Germoplasma

Uno de los puntos más innovadores del decreto es el impulso a la investigación científica y tecnológica. La norma promueve la creación de proyectos en articulación con universidades, organismos públicos y privados, y habilita el desarrollo de programas de formación académica vinculados al cannabis.

En paralelo, se crea el Banco de Germoplasma de Cannabis de Mendoza, cuyo fin será preservar, registrar y dar trazabilidad al material genético cultivado en la provincia. Esto permitirá conservar variedades locales adaptadas al clima y suelo mendocino, además de fomentar la investigación genética y la certificación varietal.

Régimen sancionatorio: multas, clausuras y decomisos

El decreto establece un sistema de sanciones para quienes incumplan la normativa. Las infracciones podrán derivar en apercibimientos, multas, clausuras parciales o totales, decomisos de productos e incluso la suspensión temporal de permisos.

La graduación de las sanciones se basará en criterios como la gravedad del hecho, el impacto sanitario o social, la reincidencia y el beneficio económico obtenido. El texto aclara que, en caso de riesgo para la salud pública o la seguridad, podrá intervenir la fuerza pública.

El Consejo Asesor: participación multisectorial

La reglamentación también prevé la creación de un Consejo Asesor con siete miembros, que representarán al Estado provincial, los productores locales, universidades, organismos científicos y ONG. Este cuerpo tendrá carácter consultivo y sus integrantes trabajarán ad honorem.

Su función será acompañar la implementación de la política pública, proponer mejoras y garantizar espacios de participación de la sociedad civil en el desarrollo del sector.

Contexto nacional y político

La reglamentación mendocina llega en un escenario complejo a nivel nacional. El gobierno nacional aplicó un fuerte ajuste sobre organismos estatales y programas vinculados al cannabis, lo que generó demoras en la puesta en marcha de iniciativas provinciales. Aun así, Mendoza decidió avanzar con su propia normativa, buscando blindar la política local y dar previsibilidad a pacientes, investigadores y productores.

El proyecto apuesta a posicionar a la provincia como un polo en la industria del cannabis medicinal y el cáñamo, sectores que muestran un crecimiento sostenido en todo el mundo. “Queremos combinar acceso terapéutico seguro, investigación científica y generación de empleo formal”, sintetizaron desde el entorno del gobierno.

Impacto esperado: salud, economía e innovación

El decreto tiene un impacto múltiple:

  • En la salud, garantiza que pacientes con indicación médica puedan acceder a cannabis seguro, controlado y trazable.
  • En la economía, abre oportunidades para el desarrollo de empresas locales, cooperativas y asociaciones, generando empleo en el campo, la industria y los laboratorios.
  • En la investigación, habilita un marco para que universidades y centros tecnológicos avancen en estudios sobre usos medicinales, industriales y ambientales de la planta.

La reglamentación de la Ley 9617 a través del Decreto 1928 marca un hito en la política de cannabis en Mendoza. Al crear un sistema provincial de permisos, establecer protocolos de calidad, impulsar la investigación y fijar un marco sancionatorio, la provincia consolida un esquema que intenta equilibrar el acceso seguro de pacientes, el control estatal y el desarrollo económico.

La apuesta es clara: construir un modelo mendocino de cannabis medicinal y cáñamo industrial que combine innovación, salud pública y producción, aun en un contexto nacional adverso.

El anuncio en el Boletín Oficial de la provincia puede leerse acá.

Fuente: Revista THC

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